En septiembre de 2018, varios países parte del Estatuto de Roma emitieron una remisión a la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) en relación con la situación de Venezuela. Estos ochos países, Argentina, Colombia, Perú, Chile, Paraguay y Canadá, pedían la apertura de una investigación por crímenes de lesa humanidad presuntamente cometidos desde 2014 en el Estado venezolano con el objetivo de determinar si una o varias personas serían responsables por los crímenes evocados. Esta remisión, después de ser objeto de un examen preliminar, sirvió de base para la apertura de una investigación formal, anunciada el 3 de noviembre 2021 por el nuevo Fiscal Karim Khan de la CPI.
LOS HECHOS
A lo largo de 2014 y 2017 ocurrieron las protestas y picos de violencia más importantes que ha conocido Venezuela a nivel nacional. Las primeras, al inicio de 2014, son consideradas una reacción a la degradación de la situación en el país por las políticas del gobierno, la población recriminaba la alta inflación, la escasez de productos básicos, y el aumento del índice de inseguridad. Y aunque Nicolás Maduro no había cumplido todavía ni un año a la cabeza del país, la oposición y los manifestantes exigían la renuncia del presidente.
Después de las elecciones legislativas de 2015, en las cuales la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) alcanzó la mayoría, pasaron varios meses intentando organizar un referéndum revocatorio, el cuál hubiese permitido un posible cambio político después de dieciocho años de socialismo. En enero de 2017 el Consejo Nacional Electoral pospone el proceso hasta nuevo aviso y la oposición denuncia que es una institución a la orden del poder ejecutivo. Tres meses después, en abril, el Tribunal Supremo de Justicia, cabeza del poder judicial del país, atentó contra la separación de poderes asumiendo las prerrogativas de la Asamblea Nacional y limitando la inmunidad acordada a los parlamentarios. Mediante este acto se permitió el enjuiciamiento de la oposición, privándola de cualquier prerrogativa en la escena política.
Nicolás Maduro anunció enseguida su proyecto para una nueva Asamblea Nacional Constituyente y la redacción de una nueva Constitución lo que llevó a la elección de esta Asamblea el 30 de julio de 2017, dando la totalidad de los escaños (545) a Maduro y sus aliados. La oposición que denunciaba las medidas y llamaba a la población a salir a las calles, procedió al boicot de las elecciones. Una ola de protestas sacudió Venezuela a continuación de este proceso.
Al igual que en 2014, para contener a la población la Guardia Civil y la Policía fueron desplegados junto con grupos de colectivos, grupos de civiles armados que apoyan el chavismo. Varias instituciones, organizaciones y Estados denunciaron un uso excesivo y/o letal de la fuerza, ilustrado por ejemplo en el Plan Zamora. Este plan de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) y calificado de «cívico militar » incluye entre otros, la incorporación de civiles, miembros de colectivos, otorgándoles funciones de seguridad ciudadana. Además, este plan permitió la aplicación de la justicia militar a civiles, por ejemplo deteniéndolos por actos calificados de rebelión, los cuales son considerados como delitos militares. En mayo de 2017, el mayor general Jesús Suárez Chourio afirmó que mediante este proceso, setecientas ochenta personas fueron detenidas, de las cuales doscientas cincuenta y una fueron puestas a la orden de tribunales militares « por delitos de ataque al centinela (miembro de las fuerzas de seguridad) y asociación para la rebelión ».
El Foro Penal Venezolano identificó ciento treinta y ocho casos de torturas y tratos crueles e inhumanos durante las detenciones ocurridas en 2014. En 2017, el Foro estima que ningún funcionario potencialmente vinculado a los hechos fue juzgado. Según la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, de abril a julio de 2017, 124 manifestantes murieron y más de 5.000 fueron detenidos. El conocimiento exacto de los datos acerca de las víctimas requiere un trabajo largo y difícil puesto que existen informaciones diferentes y contradictorias: el gobierno chavista por ejemplo atribuía las muertes a los promotores de las manifestaciones a través de la creación de un « Comité de Víctimas de la Guarimba (la oposición) y el Golpe de Estado Continuado ».
Según las fuentes oficiales del régimen, en 2014, cuarenta y tres personas perdieron la vida, de las cuales nueve pertenecían a las fuerzas armadas, y además ochocientas cuarenta fueron heridas, de las cuales doscientas eran miembros de las fuerzas de seguridad y funcionarios gubernamentales. La ONG Human Rights Watch basándose en la realización de entrevistas a víctimas en varios lugares (Caracas y tres estados; Carabobo, Lara y Miranda) y reuniendo evidencias (videos, fotos, informes médicos, resoluciones judiciales y expedientes de casos) contó durante las protestas de 2014, cuarenta y cincos casos de graves violaciones de derechos humanos (atento al derecho a la vida, a la prohibición de torturas y tratos crueles, inhumanos y degradantes, derechos a la integridad física, a la seguridad y la libertad y a las garantías de debido proceso).
EL EXAMEN PRELIMINAR DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL
Este examen preliminar de 2018, que siguió en noviembre de este año con la apertura de una investigación, es el segundo que conoce Venezuela. Hubo un primero, cerrado en 2009 por ausencia de mérito suficiente como para solicitar la apertura de una investigación en esa situación.
Toda investigación de la CPI empieza con un examen preliminar. Los criterios a seguir para esta primera etapa son previstos en el artículo 53 del Estatuto de Roma y responden a las problemáticas de competencia (ratione temporis, ratione materiae y ratione loci o ratione personae), de admisibilidad (según los principios de complementariedad y de gravedad) y de interés de la justicia. Deben existir elementos razonables que permitan presumir que en un Estado parte del Estatuto de Roma se han cometido algunos de los crímenes competencia de la Corte.
Es importante recordar que las acciones de la Corte Penal Internacional están sometidas al principio de complementariedad con las jurisdicciones nacionales de los Estados parte. Eso significa que solamente puede intervenir en los casos en que estas jurisdicciones no ejerzan su competencia o no estén en condiciones de hacerlo. La Fiscalía de la CPI debe establecer si el Estado está “dispuesto” y “puede” juzgar con sus medios la comisión de dichos crímenes.
En este caso, el examen preliminar de 2018 se centra en crímenes presuntamente cometidos en Venezuela, al menos, desde abril de 2017 en el contexto de inestabilidad política que se conoció. Sin embargo, la Fiscalía se reserva el derecho de incluir en su investigación cualquier presunto crimen que podría estar vinculado con la situación y comprendido en la competencia de la Corte, si fue cometido en o desde 2014. Fue así como en 2020 la Oficina de la Fiscalía informó públicamente haber encontrado fundamentos razonables para creer que en Venezuela se han cometido crímenes de lesa humanidad bajo el gobierno de Nicolás Maduro. Estos crímenes incluyen detenciones arbitrarias, uso de tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes, violaciones y otras formas de violencia sexual, así como persecución. En el mismo informe de 2020, la Fiscalía identifica también cuerpos de las fuerzas de seguridad presuntamente implicados en los hechos objeto de la investigación. El examen preliminar finalmente permitió demostrar que la Corte tenía competencia debido a la existencia de un patrón de impunidad en las violaciones de Derechos Humanos, prueba de un fallo de la justicia venezolana.
Al principio del mes de noviembre de 2021, Karim Khan, el fiscal jefe de la CPI, anunció el cierre de la fase de examen preliminar y dio pasó a la apertura de una investigación formal. En paralelo a esta declaración, Tarek William Saab, el Fiscal venezolano calificó la fase preliminar de « acusaciones sin valor », ya que según él no se cumplen los requisitos del Estatuto de Roma para justificar el paso del examen preliminar a la investigación.
Con esta nueva etapa, el país se convierte en el primero de América Latina en ser objeto de una investigación de la Corte Penal Internacional.
¿QUÉ PERMITE EL PASO DE EXAMEN PRELIMINAR A INVESTIGACIÓN?
El anuncio se hizo en el Palacio de Miraflores en Caracas donde el Fiscal Karim Khan y Nicolas Maduro firmaron una carta de entendimiento. En este memorando, el jefe de Estado se compromete a cooperar con el proceso de la Corte aunque ha afirmado públicamente que: « el Fiscal ha decidido pasar a la siguiente fase, no compartimos la decisión, pero la respetamos. »
Con esta nueva etapa, la CPI buscará determinar la veracidad de los crímenes de lesa humanidad denunciados. Esta fase de la investigación ahora tiene como objetivo la identificación de las víctimas y de los responsables (con nombre y apellidos) gracias al establecimiento de pruebas sobre la inocencia o la culpabilidad de un sospechoso. Para llevar a cabo sus investigaciones, el Fiscal tiene varias herramientas, como el uso de órdenes de comparación para las víctimas y posibles testigos o el uso de órdenes de detención si existen fundamentos razonables que permitan creer que un individuo ha cometido un crimen de competencia de la Corte. En este caso, son los Estados parte los que deben detener y enviar a la persona a La Haya, sede de la CPI.
En cualquier momento de la investigación, el Fiscal puede solicitar asistencia de los Estados parte y de organizaciones internacionales. Desde el principio de las protestas y de la inestabilidad política en el país, todo un trabajo de investigación y aclaración ha sido hecho por parte de organizaciones como las ONGs. El Foro Penal venezolano ha trabajado sobre el examen de todos los casos conocidos, tanto de ejecuciones extrajudiciales como de detenciones políticas o casos de abusos y torturas. Estos documentos podrían servir de base al trabajo de la Fiscalía.
Si culmina el proceso de investigación será cuando se pueda empezar el juicio, el cual determinará quiénes son culpables de los crímenes afirmados. Los jueces de la Corte Penal Internacional pueden condenar a una persona a pena de reclusión máxima de treinta años y de manera excepcional, a perpetuidad. Es también la única justicia penal internacional que puede decidir y pronunciar multas y confiscaciones por un máximo de tres cuartos de los bienes de los acusados. Las personas condenadas cumplen la pena en un Estado designado por la Corte que se ha propuesto como dispuesto a recibir a los condenados.
Amnistía Internacional estima que « la principal consideración de la Fiscalía de la CPI al abrir una investigación debe ser la justicia oportuna y efectiva para las víctimas ». Eso significa que después de lograr identificarlas, habrá que proceder a la reparación de sus prejuicios. Supone la condena de alguien, la identificación de las víctimas o la elaboración de criterios de identificación, el establecimiento de reparación individual o colectiva (o los dos) y la identificación de los prejuicios. Este mecanismo de reparación funciona en teoría con el Fondo para la reparación de las víctimas, fondo fiduciario. Se compone en parte de los bienes confiscados y de dotaciones de los Estados Parte. Permite proveer apoyo físico, psicológico y material a las víctimas y sus familias.
EL PROCESO DE INVESTIGACIÓN DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL APLICADO A VENEZUELA
El anuncio en noviembre, aunque parece ser un avance, fue recibido de manera escéptica por muchos especialistas y abogados en derecho penal internacional al tanto de las particularidades de Venezuela. Efectivamente, el memorando de entendimiento afirma que no se ha identificado a ningún “sospechoso ni a ningún objetivo” y según ellos, la acción de la Corte podría ser eficiente solamente bajo la condición de lograr inculpar a personas de alto rango.
En un primer tiempo, antes del anuncio de apertura de la investigación de la CPI, Nicolas Maduro ha intentado dar señales de cambios y aperturas en el sistema de justicia y así evitar la investigación que se hacía casi inminente. Liberó presos políticos y activistas y desde 2017 condenó a unos ciento cincuenta agentes, policiales y militares por violaciones de derechos humanos. Por ejemplo, en septiembre de 2021, el fiscal general venezolano apeló la absolución del militar acusado del homicidio de David Vallenilla y ordenó abrir una investigación contra la jueza « por su impropia actuación en el caso del homicidio del estudiante de 22 años. El joven murió en junio de 2017 en Caracas después de recibir tres disparos en el tórax por un agente de la Guardia Nacional Bolivariana. Este caso se volvió un símbolo de las protestas y de la resistencia para los venezolanos, como muchos otros parecidos, y es parte del expediente presentado ante la CPI.
Estas condenas y sentencias de algunos funcionarios de organismos de seguridad dictadas por el régimen no son suficientes para la Fiscalía de la CPI. El poder judicial tendría que juzgar también a toda la cadena de mando (presidente, vicepresidente, ministros, etc) responsable de que estos crímenes se llevaran a cabo. La República Bolivariana insiste sobre el hecho de que las investigaciones deberían ser realizadas por las instituciones nacionales existentes y la Corte Penal Internacional está dispuesta a dejar la posibilidad a la justicia venezolana de proceder al trabajo que reclama, si es realizado «de acuerdo con los estándares internacionales». Sin embargo los funcionarios de alto mando aprovechan de una inmunidad penal frente a la justicia nacional lo que significa que no pueden ser enjuiciados. Además, esta misma justicia también es sospechosa de tener su parte de responsabilidad en la violación de los derechos humanos en el país.
Con respecto al tiempo que puede tomar la fase de investigación, no existe realmente una duración prevista en el texto del Estatuto de Roma. Esta duración está sometida a la colaboración del Estado venezolano, el cuál ha demostrado un cierto descontento con la CPI, y al encuentro de pruebas que son las que llevarán a un resultado u otro. El Fiscal Karim Khan juzgará la rapidez y eficiencia de las acciones por parte de Venezuela y si actúa hacia las personas indicadas. No obstante, ciertos periódicos como Infobae afirmaron hace pocos días que la Corte Penal Internacional comunicó este 17 de diciembre avanzar en su investigación contra Nicolás Maduro y que el régimen chavista habría sido notificado de esta decisión. Si esta noticia se confirma, entonces debería marcar un paso más hacia el establecimiento de la justicia. Según Blanca Rosa Mármol de León, ex-magistrada del Tribunal Supremo de Justicia venezolano, significa que se están encontrando evidencias.
Para concluir, en caso de condena por parte de la CPI de personas de alto rango, aparece el problema de ausencia de un poder real coercitivo. La Corte no dispone de una policía internacional con derecho de buscar al acusado ya que la soberanía estatal constituye un derecho de regalía. Esta situación es ilustrada por la impunidad que todavía tienen varios autores de crímenes internacionales. La eficiencia de las decisiones de justicia de la Corte está condicionada a la cooperación de los Estados parte, prevista en el artículo 86 del Estatuto de Roma. Aún se desconoce cuál sería la actitud de Venezuela en este caso.
La reacción del gobierno, a pesar de ser insuficiente, demuestra una preocupación por las consecuencias que podría tener esta investigación sobre el régimen. A corto plazo Nicolás Maduro se enfrenta a un dilema: puede elegir cooperar y satisfacer los requisitos de la Corte Penal Internacional, o no. En el primer caso, significa reformar la justicia y enjuiciar a altos funcionarios lo que llevaría a asumir el riesgo de quizás debilitar el control político y la lealtad que beneficia al gobierno estos últimos años. En el segundo caso, y porque es poco probable que la deferencia del Fiscal de la Corte sea indefinida, se arriesgaría a un cambio de enfoque de la Corte lo que podría llevar a un alejamiento del proceso de investigación de su control.
A pesar del escepticismo de muchos, tanto en razón de las especificidades del régimen chavista o de la falta de coerción del derecho internacional, no se puede negar el hito que representa la apertura de esta investigación formal tanto para Venezuela, como para toda América Latina. Este caso podría ser un ejemplo y una referencia para el futuro en el continente.
NOTA: Los planteamientos e ideas contenidas en los artículos de análisis y opinión son responsabilidad exclusiva, en cada caso, del analista, sin que necesariamente representen las ideas de GEOPOL 21.
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