Sin duda alguna, el colectivo LGBT ha visto dilapidados sus derechos sociales a lo largo de la Historia pero, a pesar de los grandes avances llevados a cabo en muchos países de la Unión, los futuros candidatos balcánicos están lejos de ofrecer protección legal e igualdad.
De Yugoslavia a la desintegración
Al igual que en la mayoría de los Estados, independientemente de su régimen o ideología política, Yugoslavia poseía un Código Penal (1951) en el que se prohibía cualquier tipo de acto contra natura – Capítulo XVI ‘Infracciones contra el honor y la consideración’ -, pues la homosexualidad era entendida como sinónimo de fragilidad y debilidad dentro de una sociedad hiper-masculinizada.
No sería hasta los años 70 cuando, bajo iniciativa del profesor Ljubo Bavcon – miembro de la comisión encargada de la redacción de un Código penal esloveno -, cuando comenzase una campaña de despenalización de la homosexualidad dentro de las repúblicas que conformaban Yugoslavia. Así, las primeras repúblicas en abolir la criminalización sobre la orientación sexual fueron Eslovenia, Croacia y Montenegro en el año 1977, mientras que Bosnia y Herzegovina, Macedonia del Norte y Serbia no lo hicieron hasta pasados veinte años.
No sería hasta la independencia de las repúblicas cuando cada una de ellas fuese tomando su propio rumbo en materia de protección de los derechos del colectivo LGBT. De esta forma, los países de los Balcanes occidentales que poseen una amplia cobertura de seguridad hacia las parejas del mismo sexo son Croacia – unión civil desde el 2014 bajo la ‘Ley de parejas del mismo sexo’ y previsión de la adopción conjunta tras la sentencia de un tribunal administrativo de Zagreb en 2019 -, Eslovenia – ‘Ley de uniones’ del año 2017 y adopción del hijo del cónyuge – y Montenegro, quien desde el 2021 posee una ley de unión civil aunque sin la posibilidad de adopción.
No obstante, y a pesar de los avances en cuanto a protección de los derechos humanos, los Balcanes occidentales – Estados candidatos a la adhesión o miembros de pleno derecho – distan de tener dentro de sus fronteras un marco legal que ampare de forma robusta a la comunidad LGBT tal y como gozan otros países comunitarios siguiendo la estela del Estado español, Malta, Bélgica, Dinamarca, Suecia o Países Bajos entre otros.
Celebración de la ‘Zagreb Pride 2021’ bajo vigilancia policial ante el aumento de ataques homófobos (Deutsche Welle)
Los Artículos 2 y 7 del TUE: grandes protagonistas
La disposición nº 2 del TUE (Tratado de la Unión Europea) se presupone como uno de los más relevantes dentro de los instrumentos comunitarios, pues en él (y vinculado con los Criterios de adhesión de Copenhague) figura que la Unión tiene como fundamentos el respeto de los derechos humanos, a la dignidad humana y derechos de las minorías pero, ¿cumplen con ello los miembros o los candidatos balcánicos a la adhesión?.
Por una banda, existen países miembros que poseen una protección amplia hacia los derechos del colectivo LGBT (ámbito laboral, social, sanitario) en la teoría pero no en la práctica. Además, muchos de ellos poseen una prohibición expresa del matrimonio igualitario en sus constituciones, lo que claramente, y a pesar de existir la figura de la unión civil, es discriminatorio al no poder acceder a las mismas coberturas que las parejas de distinto sexo.
Situación de los derechos del colectivo LGBT en los países comunitarios más restrictivos según la organización ILGA World (Elaboración propia)
Sin duda, los casos de Hungría y Polonia son los más sangrantes para la comunidad. Ambos países están gobernados actualmente por partidos de derecha y extrema-derecha – Fidesz con Viktor Orbán como primer ministro y Prawo i Sprawiedliwość con Andrzej Duda en la presidencia respectivamente -.
La República Magyar, desde el año 2021, posee una ley anti-LGBT que prohíbe la ‘promoción’ de la homosexualidad o cambio de género entre los menores de edad, relacionando incluso las violaciones y abusos a este grupo poblacional con la orientación sexual e impidiendo a las empresas húngaras a realizar publicidad que muestren parejas del mismo sexo. Por su parte, el gobierno húngaro ha declarado que se está llevando a cabo una campaña de propaganda falsa contra la nueva ley y cuyo único objetivo sería ‘la protección de la infancia’.
Ante la aprobación de la norma, más de 15 países comunitarios firmaron una declaración mostrando su desaprobación ante la deriva discriminatoria del ejecutivo húngaro. Al mismo tiempo, la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, tildó de vergüenza la nueva ley del país centroeuropeo ya que iría en contra de los valores propios de la Unión.
Por su parte, la República polaca se encuentra en una situación similar ya que desde 2019, varios municipios del país se unieron para crear las ‘zonas libres de ideología LGBT’ bajo el amparo del gobierno polaco. La finalidad de esta iniciativa es promover los valores tradicionales de la familia ya que, según palabras del presidente Duda, la promoción de la homosexualidad es más peligrosa que el comunismo. Este conjunto de municipios, con el apoyo del Instituto para la Cultura Legal Ordo Iuris de Varsovia, tienen permitido la evaluación de los proyectos de las ONG’s que atenten contra la familia, control parental de las actividades extraescolares vinculadas con el colectivo o el nombramiento de un defensor del pueblo para la familia.
Izquierda: Świdnik, primera ciudad ‘libre de ideología LGBT’ con el cartel que lo anuncia a su entrada (Attitude UK); Derecha: Cartografía de las poblaciones adheridas a la iniciativa ‘zonas libres de ideología LGBT (DW)
Ante esta deriva homófoba y autoritaria, la Comisión Europea amenazó a Budapest y Varsovia con bloquear los fondos de recuperación si continuaban esta senda que amenaza claramente el artículo 2 del TUE, además de haber recibido ambos Estados una carta de emplazamiento, un recurso previo utilizado antes de recurrir a la vía judicial del Tribunal de Justicia de la UE. De esta forma, una de las vías que tendría la organización internacional sería aplicar el artículo 7 del TUE, ya que se estaría ante una violación grave de lo recogido en la disposición segunda, traduciéndose en el bloqueo de determinados derechos del Estado en la Unión.
Balcanes Occidentales, ¿seguirán la estela discriminatoria?
Observando la situación del colectivo LGBT en algunos de los países ya miembros, equiparándosele a la legislación existente en los candidatos a la adhesión de la zona balcánica, cabe preguntarse: ¿debería prohibirse la entrada a los Estados que no cumplan con una protección completa, incluido el matrimonio y adopción homoparental?.
Siguiendo lo estimado en el artículo 2 del TUE, de no cumplir con el respeto al derecho de las minorías, estos países no obtendrían las cualidades precisas para iniciar su camino dentro del grupo comunitario. No obstante, el Tribunal Europeo de DD.HH. ya ha dejado patente en varias ocasiones – Caso Schalk y Kopf vs. Austria, Caso Gas y Dubois vs. Francia o Caso X vs. Austria – que no hay mecanismos que obliguen a reconocer el matrimonio igualitario o adopción homoparental por parte de un organismo jurídico superior (una lectura restrictiva del Convenio Europeo de DD.HH.), por lo que la UE podría seguir la misma senda, protegiendo únicamente al colectivo LGBT en el ámbito social, laboral o sanitario, pudiendo ser esto interpretado como inacción por parte de la organización e, incluso, discriminatorio.
Porcentaje de derechos humanos vinculados al colectivo LGBT logrados por los candidatos balcánicos a miembro de la UE según datos de Rainbow Europe (Elaboración propia)
Si se analizan los datos representados, lo cierto es que Montenegro es el Estado candidato que más derechos y protección posee en su legislación hacia el colectivo LGBT – empleo, educacional, sanitario, reconocimiento y cambio legal de sexo y género – frente a Macedonia del Norte, quien posee leyes muy limitas y no permite el cambio legal de sexo o género a sus ciudadanos, además de no reconocer ningún tipo de unión entre personas del mismo sexo o adopción homoparental. De esta forma, y según lo estimado por el artículo 2 del TUE, los candidatos a la adhesión, a pesar de no poseer una gran amplitud en el amparo del colectivo, cumplirían con los requisitos para formar parte del club de los 27.
Conclusiones
A modo de colofón para este análisis, si bien es cierto que los países europeos han avanzado en materia de protección vinculada al colectivo LGBT, muchos de los Estados ya miembro o candidatos oficiales a la adhesión distan de estar a la altura de otros con una cobertura total hacia las personas pertenecientes al grupo.
Además, se viene observando – si bien contundentes reproches por parte de las instituciones comunitarias -, una clara inacción de la Comisión y el Consejo Europeo para aplicar el artículo 7 del TUE y llevar a Varsovia y Budapest ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea como consecuencia de las violaciones tan graves a los derechos humanos, siendo inadmisible que en una organización internacional que promulga como valores esenciales el respeto y defensa de estos, se esté dilapidando a gran parte de la ciudadanía comunitaria.
Cabe esperar que, de forma progresiva, los candidatos balcánicos a formar parte de la Unión Europea amplíen su cobertura legal en materia LGBT, dejando atrás la discriminación y permitiendo gozar a sus habitantes de una vida plena.
NOTA: Los planteamientos e ideas contenidas en los artículos de análisis y opinión son responsabilidad exclusiva, en cada caso, del analista, sin que necesariamente representen las ideas de GEOPOL 21
0 comentarios