La Confederación Suiza, cuyo origen como Estado federal se remonta al año 1848, posee un sistema de democracia directa en el que los ciudadanos, quienes tienen en sus manos la soberanía del país alpino, poseen la capacidad de realizar el sufragio habitual sumado a la posibilidad de votar en elementos concretos.
Los poderes del país, al ser construido como una confederación de cantones y semicantones, se reparten en un ejecutivo, legislativo y judicial peculiares. El primero de ellos está conformado por siete miembros – que se reparten entre los partidos mayoritarios – que actúan como un primus inter pares, es decir, existe una rotación de los sujetos en el poder pero las decisiones finales deben ser por consenso.
El poder legislativo recae en la Asamblea Federal (Berna). Este parlamento posee dos cámaras: la baja compuesta por 200 diputados y la alta – 46 miembros en representación de cantones y semicantones -. Finalmente, el poder judicial no se diferencia de otros Estados como pueden ser el Español, pues existe un tribunal federal que se conforma como el órgano supremo dentro del mundo jurídico suizo.
Sin duda el punto que diferencia a la Confederación Helvética del resto de naciones del mundo es su sistema de democracia directa. Además del sufragio equivalente a otros países, los suizos poseen la capacidad de participar en otro tipo de instrumentos. Entre ellos destacan el referéndum facultativo (donde la ciudadanía puede exigir el sometimiento a votación de una ley que se haya aprobado en la Asamblea Federal dentro de los 100 primeros días desde que se haya promulgado), la iniciativa popular (enmiendas o ampliación de la Carta Magna si los habitantes con derecho a voto consiguen 100 mil firmas en un período de 18 meses) y, finalmente, en algunas ocasiones se realizan referéndums obligatorios (entrada del país en organizaciones internacionales o reformas constitucionales llevadas a cabo por el propio parlamento).
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